Metodologías y Proyectos

2025-2026 Convocatoria HE Grado Superior

¿Quieres participar en una movilidad Erasmus durante el curso 25-26?

Fecha límte inscripción:  23/01/2026   FORMULARIO INSCRIPCIÓN

Destinatarios

Estudiante cursando un ciclo formativo de grado superior. Prioridad para los alumnos de 1r curso. Mayores de edad. 

Ciclos : 

Duración

Modalidad blended mobility: periodo virtual + 1 MES de prácticas en empresa  (32 días).  6-8 horas en empresa al día-

¿Qué te ofrece la beca?  

  • Alojamiento y viaje.
  • Preparación lingüística Online.
  • Formación intercultural.
  • Acompañamiento pedagógico.

Destinos

Creta y Grecia.

Puede haber alguna variación en los destinos por motivos organizativos y tener una segunda opción.

Estada de prácticas

Salida 30/03/2026-28/04/26. Incluidos los días de viaje.

Importe de las becas:

La beca de mobilitat  combinada (30 días) :2.311 euros/participant ( 2.002€ ayuda + 309€ ayuda viaje)

gestionar la movilidad combinada el estudiante seleccionado tendrá que hacer el pago a la organización intermediaria. (OA)

Requisitos

  • Tener 18 años en el momento de la movilidad.
  • Tener los módulos aprobados en la fecha de salida.
  • Ser ciudadano español residente o ciudadano de un estado miembro UE, legalmente residente en España. O un ciudadano extracomunitario legalmente residente en España.  (tener en regla los documentos ).
  • Tener un conocimiento básico de la lengua del país de acogida.  
  • Tener un expediente académico y competencias personales satisfactorias.
  • No tener ninguna notificación disciplinaria .

En el proceso de selección también se tendrá en cuenta el perfil del alumno/a con perfil de menos oportunidades [1]

ESTAS INTERESADO/INTERESADA?

Descargar documento informativo CONVOCATORIA ERASMUS HE GS


[1] Un participante con menos oportunidades se define como una “persona que se enfrenta a obstáculos que le impidan tener un acceso eficaz a las oportunidades que ofrece el Programa por motivos económicos, sociales, culturales, geográficos, de salud, debido a su origen inmigrante, por razones tales como la discapacidad y las dificultades de aprendizaje o por cualquier otra razón, incluidas las que puedan dar lugar a discriminación a tenor de lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea”.